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Nueva regulación para la comercialización del ADSL minorista

Desde hace aproximadamente un mes estamos asistiendo a un cambio, por parte de los ISPs, en la forma de ofertar sus productos a los usuarios finales. Yo mismo hace dos semanas recibí una llamada de mi prestador de servicio, Ya.com, en la que me reconocía (sin yo entender a razón de qué) que la velocidad que tengo contratada actualmente no llega a ser ni 1/10 parte de la real. ¡Qué novedad para mí!  Desde que tengo contratado el servicio, soy consciente que pago, en teoría, por un ADSL 20MB y que sin embargo, en la práctica, el medidor de velocidad de la Asociación de Internautas me dice que no supero los 2,8MB. Pero está bien eso de que a uno le llame el prestador y se lo reconozca.

Acto seguido, el comercial me ofrecía la posibilidad de contratar una velocidad inferior (10MB) para así pagar menos al mes. He de reconocer que la oferta que me hicieron me resultó un tanto extraña, ya que no suele ser habitual que un comercial te contacte para que, por tu bien y el de tu bolsillo, abones menos al mes. A pesar de ello, acepté y ahora, en lugar de pagar 34€ aprox. sólo pago 24€ (a lo que habría que añadir los 12€ mensuales que le abono a Telefónica por la cuota de línea y mantenimiento). A continuación os explico cuál creo yo que fue la razón de su ofrecimiento.

“Causalidades” de la vida, la pasada semana el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (MITC) anunció que en breve adoptará diversas medidas en materia de telecomunicaciones, entre las que se encuentra lo que han tenido por bien denominar la Carta de Derechos de los Usuarios de las Telecomunicaciones, que se aprobará en breve a través de un Real Decreto. Y os preguntaréis, ¿cuál es el objetivo de esa Carta?. Pues bien, al parecer supone un conjunto de medidas que persiguen ofrecer mayores garantías a los usuarios en la contratación y provisión de los servicios de telecomunicaciones y fomentar la competencia en el mercado.

En lo que a este post concierne, el MITC adelantó que se incluirá la obligación para los ISPs de informar al usuario, con carácter previo a la contratación del servicio de acceso a Internet, de la velocidad máxima teórica que alcanzará su línea, prohibiéndole aplicar ofertas si la línea en cuestión no soporta una velocidad máxima teórica que suponga el 80% de la publicitada. Así mismo, se prevé la obligación de incluir en los contratos con los consumidores una serie de cláusulas destinadas a su protección (indemnizaciones por interrupción del servicio, formas de darse de baja, la posible existencia de periodos mínimos, datos del operador para presentar reclamaciones, etc).

Y es que esto es algo que nunca llegaré a comprender. Uno contrata un ADSL a 20MB y lo normal, en mi opinión, es que espere recibir de su ISP una velocidad similar. Pues no, en nuestro país esto no es así. Si se habla con la gente del entorno, uno se da cuenta que lo más normal es lo que ocurre en mi caso (contratas 20MB y recibes 3MB) y los consumidores lo tenemos asumido, porque somos conscientes que reclamando al ISP, lo único que conseguiremos es: (i) malgastar nuestro tiempo, (ii) gastar nuestro dinero, (iii) charlas telefónicas desesperantes para hacer comprender a la persona que está al otro lado de la línea, que normalmente no tiene ni idea, que lo que comenta carece de sentido (si que ello sirva para nada, por supuesto).

Permitidme que me muestre escéptico en esta materia pero, en mi opinión y tras la adopción del novedoso paquete de medidas mencionado, el área de telecomunicaciones seguirá siendo el que más reclamaciones reciba por parte de los consumidores. Nada cambiará: el consumidor seguirá indignado como hasta ahora, desembolsando una cuota similar y recibiendo a cambio un servicio de similares (deficientes) características como hasta ahora. Y mientras tanto, desde el MITC seguiremos escuchando frases del tipo “España es uno de los países europeos con una regulación más transparente y garantista para los usuarios“. Venga, por favor…

Publicado en miguelangelmata.com.

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4 Respuestas

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  1. guillermo Díaz dijo

    Como bien dices, tu operador, en una clara estrategia de márketing, se está anticipando a lo que se le va a exigir legalmente.

    No obstante, las reclamaciones a los operadores de telecomunicaciones seguirán siendo continuadas, tanto por la dificultad de comunicación que existe para tener interlocución correcta con ellos, como por las dificultades técnicas que tienen para prestar el servicio.

    En cuanto que la línea es propiedad de Telefónica, que Ya.com no tiene centralitas propias y que necesita recurrir a bucles, que si hay alejamiento de esas centralitas se pierde señal por ruidos espúreos, malas conexiones, etc.etc. dificilmente van a poder otorgar velocidades de 20 megas. Por eso se anticipan a ajustarse a la velocidad real y cobrar por ella.

  2. Rafael Martínez dijo

    Habrá que ver cómo tiene efectividad la norma; yo soy bastante escéptico al respecto. La velocidad de un cliente varía dependiendo de múltiples factores, y no creo que sea factible realizar mediciones individuales, sino que más bien se utilizarían valores medios.
    Por otro lado, me sorprende escuchar una noticia positiva sobre los servicios de atención al cliente de un operador de telecomunicaciones. Desde luego, mi experiencia personal como usuario ha sido más decepcionante. El cumplimiento de la normativa en materia de usuarios por parte de los operadores es generalmente inexistente, y los mecanismos de control son muy limitados. Queda mucho recorrido para mejorar en este ámbito.

  3. Miriam dijo

    En cuanto al próximo RD, yo me he leido en borrador y no es más que una reproducción de los derechos de los usuarios de servicios de comunicaciones electrónicas que ya se venían reconociendo en el RD 424 y alguna orden ministerial. Si que amplian o clarifican alguno de esos derechos e incorporan aspectos nuevos (básicamente el que recoges en tu post). Los operadores tendrán seis meses para adaptar sus CGC a lo establecido en la futura carta de derechos..pero, o la versión final cambia, o no vamos a ver modificaciones relevantes…
    Salu2

  4. Rivi dijo

    Pues te felicito. Has tenido mucha suerte. Yo, con el mismo proveedor (Ya.com) y ante una reclamación que les hice por la lentitud del servicio frente a lo contratado, lo único que he conseguido es un e-mail de ellos en el que dicen textualmente:

    “En cuanto a la lentitud del servicio que usted nos reclama, comprobamos que navega dentro de los parametros garantizados (10% del servicio contratado), por lo que por este motivo no procede devolución alguna por parte de yacom.”

    No te voy a contar la cara de tonto que se me ha quedado. Y lo sueltan así y se quedan tan anchos…

    ¿Será verdad que alguna vez alguien va a meter mano DE VERDAD para resolver estos temas o es otra ilusión más?



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