Ayer por la tarde me acerqué al Instituto de Estudios Bursátiles para hablar a los alumnos del Master en Negocio y Derecho de las Telecomunicaciones, Internet y Audiovisual sobre los derechos que asisten a los consumidores y usuarios, haciendo especial hincapié en el área de las telecomunicaciones.

La primera parte de la clase iba dirigida a explicar los conceptos básicos en materia de consumidores y su relación con los empresarios (B2C), así como los derechos y obligaciones que se derivan de la normativa específica sobre el derecho de las telecomunicaciones. Para ello, analizamos la Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores y usuarios, el artículo 38 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones y el Título VI del Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios.

Las 2 últimas horas estudiamos las principales novedades introducidas por el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Mi intención era ilustrar la ponencia con casos prácticos recientes. Algunos ejemplos que se comentaron fueron los siguientes:

Para finalizar, comenté mi opinión sobre la influencia de los blogs en las empresas y de cómo un blogger puede llegar a dar algún que otro quebradero de cabeza (ejemplo 1, 2, 3, 4, etc.).

Tal y como esperaba, hubo mucha participación y, con posterioridad, unas cañas para una charla algo más distendida. Esto último no lo esperaba, pero no era cuestión de decir que no ;)