Acabo de adquirir el libro “Comentarios a la Ley de Propiedad Intelectual“, dirigido por José Miguel Rodríguez Tapia. Lo cierto que llevaba cierto tiempo con ganas de comprar un manual algo denso sobre la materia. Desde el año 2003 tengo el “Manual de Propiedad Intelectual” de Bercovitz. Este libro me sirvió para introducirme en el área pero ya se me estaba quedando un poco corto y obsoleto. Y ahora he consultado a algunos amigos que saben bastante de la materia para que me aconsejasen al respecto. Básicamente la decisión estaba entre el de los “Comentarios a la Ley de Propiedad Intelectual” de Bercovitz o el de igual título de Rodríguez Tapia. Agradezco los consejos recibidos pero, como ya podéis imaginar, me he decantado por el segundo, ya que ha sido editado este mismo año, y eso en Derecho es algo para mí primordial.

He estado hojeándolo y me ha llamado la atención el Prólogo. Rodriguez Tapia lanza un ataque directo contra el legislador español. Dice así: “[…] al menos en materia de propiedad intelectual, desde 1993, ha tenido la mala costumbre de adaptar directivas europeas como quien fotocopia normas, dicho sea con todo respeto […]”. Ahí queda eso.

Y le da una pequeña lección de lo que significa transponer una Directiva: “Un legislador nacional que adapta una norma europea no debe transcribir el texto europeo, sino que debe incorporar a la norma española sólo aquellas normas de la Directiva que sean necesarias y que no estén ya en el texto español, lo que ha sucedido varias veces […]. En esta reforma de 2006 han vuelto a suceder ciertos accidentes textuales nada deseables”.

Seguiré leyendo para ver a que se refiere exactamente. Me da la impresión de que ésta ha sido una buena compra. Ya os contaré…