Prohibida la publicidad de productos del tabaco en competiciones de motor
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley 1/2007, de 12 de enero, por el que se deroga la disposición transitoria quinta de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
La anterior disposición establecía una moratoria de tres años para aplicar las restricciones a la esponsorización y publicidad de los productos del tabaco en las competiciones deportivas con alcance transfronterizo relacionadas con el mundo del motor.
El pasado mes de octubre la Comisión Europea reclamó al Estado español la eliminación de esta moratoria al entender que no se ajusta a la prohibición absoluta de publicidad del tabaco impuesta por la Directiva 2003/33/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003 (LCEur 2003, 1924 y LCEur 2004, 952), relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de publicidad y de patrocinio de los productos del tabaco.
Además de España, la Comisión ha abierto también procedimientos de infracción por motivos similares a otros países, como Alemania, Chequia, Italia o Hungría.
Mediante dicha norma, publicada en el BOE del sábado y ya en vigor, el Gobierno español responde a la reclamación efectuada desde la Comisión Europea antes de que concluya el procedimiento de infracción, pretendiendo evitando así las posibles sanciones por incumplimiento de la citada Directiva.
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