Hoy en día es práctica habitual (aunque ilegal y nada recomendable) que las empresas paguen a sus trabajadores una parte de la retribución fuera de la nómina (es decir, sin cotizar ni tributar por ella). Es lo que se conoce como dinero en B. Esta práctica tan extendida y generalizada, tiene una alternativa a valorar por parte de dichas empresas: el ticket restaurant.
Estos tickets son distribuidos por empresas para que el trabajador las canjee en los restaurantes asociados, con unas condiciones muy ventajosas para la empresa:
- La primera y más importante, y en relación directa con el título de este artículo, es que se “legaliza” ese dinero que anteriormente no se declaraba en la empresa porque se le daba al trabajador sin tenerlo en cuenta en la nómina.
- El dinero que se abona como ticket restaurant no cotiza a la Seguridad Social.
- El dinero que se abona como ticket restaurant no tributa a Hacienda con una particularidad: la cantidad exenta es 7.81 euros por empleado y día. Si se entrega más cantidad que la mencionada, se tendrá que declarar el exceso como retribución en especie.
- La empresa puede deducirse el 100% de las cantidades que abona como ticket restaurant en el impuesto de sociedades, con el consiguiente ahorro que ello implica.
Como verán, la alternativa es llamativa. Los talones que reciba el trabajador podrán ser canjeados, incluso, fuera del horario laboral. Si buscan en Internet, verán que hay una larga lista de restaurantes que aceptan ya esta forma de pago, por lo que tanto para el trabajador como para la empresa, es una opción legal.
Vía INJEF
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